Corte respalda bloqueos de la UIF

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para bloquear cuentas bancarias en investigaciones nacionales, siempre que existan indicios razonables de operaciones ilícitas.
El Pleno precisó que el bloqueo es una medida cautelar administrativa, no una sanción penal, cuyo objetivo es impedir que recursos presuntamente vinculados con actividades ilegales circulen en el sistema financiero.
La Corte señaló que estas medidas no requieren audiencia previa, pues su legalidad se revisa después para verificar que la autoridad haya fundado y motivado su decisión. Además, la persona afectada cuenta con mecanismos efectivos para impugnarla.
Con esta resolución, se dejaron atrás criterios anteriores y se reafirmó que, tras la reforma a la Ley de Amparo de 2025, la suspensión debe negarse cuando pueda facilitar operaciones con recursos ilícitos.




