La Corte abre camino a la justicia para pueblos originarios

La Suprema Corte de Justicia de la Nación marcó un antes y un después en la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos.
Por primera vez, reconoció que la comunidad mazahua de Crescencio Morales, en Zitácuaro, Michoacán, puede participar como tercera interesada en controversias constitucionales. Esto significa que ya no quedan fuera de las decisiones que afectan directamente su vida y su futuro. La Corte dejó claro que los pueblos originarios son sujetos de derecho público y tienen voz propia en los juicios.
Además, en Nuevo León, la Corte tumbó reglas que limitaban el derecho a la consulta previa solo a los casos colectivos. Explicó que las decisiones del Estado pueden impactar tanto a las comunidades como a cada persona que las integra, por lo que la consulta debe aplicarse en todos los casos. También eliminó la idea de que solo se consultara cuando las normas afectaran “positiva o negativamente”, reafirmando que cualquier medida que toque a estas comunidades debe pasar por su opinión.
Las resoluciones del 25 de agosto de 2026 son un paso firme hacia la inclusión y la justicia: los pueblos indígenas y afromexicanos ya no son espectadores, sino protagonistas en las decisiones que marcan su presente y su futuro.




