SE y ANAM aclaran reglas para importaciones textiles

La Secretaría de Economía (SE)y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) informaron que, desde el 15 de septiembre de 2026, las importaciones de productos textiles y de confección ya no requieren el permiso automático que anteriormente se exigía cuando el precio unitario de las mercancías era inferior al precio estimado establecido en el Anexo 4.

La medida deriva de la derogación del Anexo 4 de la Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre.

Las dependencias aclararon que las operaciones iniciadas antes de esa fecha mediante pedimentos consolidados mantienen las obligaciones vigentes al momento de la primera remesa, aun cuando existan remesas posteriores o el cierre del pedimento se realice después de la derogación.

En estos casos, la fecha de entrada de las mercancías será la correspondiente a la primera remesa, mientras que para la presentación del pedimento deberá utilizarse el tipo de cambio vigente en la fecha de cierre de la operación.

La SE y la ANAM señalaron que estas disposiciones buscan brindar certeza a los operadores de comercio exterior y facilitar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras durante el periodo de transición.

Leonardo Armstrong
Leonardo Armstrong